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International Indian Treaty Council CONSEJO INTERNACIONAL DE TRATADOS INDIOS |
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Resolución de la Conferencia Comisión sobre los Instrumentos Internacionales y los Derechos de los Pueblos Indígenas Conferencia del Consejo Internacional de Tratados Indios Miércoles a Sábado, del 6 al 9 de febrero del 2002 Kahutapu Marae, Wairoa, Tauranga Moana
Instamos a que el CITI explore los medios disponibles para poder reabrir el proceso de Descolonización de las Naciones Unidas a favor de los Pueblos y Naciones Indígenas que elijan perseguir esta opción.
C. Los tratados
1. Reafirmamos que los tratados son pactos vivos y sagrados, que guían las relaciones entre las Naciones y Pueblos de este mundo. Son convenios internacionales que no pueden subordinarse a las leyes nacionales, y dichas leyes tampoco los pueden revocar. Exigimos que los Estados cumplan con las obligaciones asumidas mediante los tratados ante las Naciones Indígenas, respetando su espíritu, intención y lenguaje, según el entendimiento que tuvieron las Naciones Indígenas y Pueblos cuando los celebraron libremente.
2. Reafirmamos que en el caso de los Pueblos Indígenas que no han celebrado ningún tratado, estos Pueblos Indígenas no han renunciado a ninguno de sus derechos inherentes conforme al derecho internacional y nacional.
3. El CITI hace un llamado a las Naciones Unidas a que reconozca y haga cumplir los tratados que las Naciones Indígenas hayan celebrado libremente con los Estados, en tanto que los mismos son convenios vigentes con el carácter de derecho internacional.
D. dLa plena participación
Como Pueblos Indígenas, instamos que haya transparencia y que gocemos de plena participación en todos los procesos y organismos internacionales que afecten e involucren nuestros derechos, tierras, Pueblos y supervivencia.
E. El Foro Permanente de las Naciones Unidas para los Pueblos Indígenas
CITI espera que el Foro Permanente, el cual celebrará su primera reunión en Mayo del 2002 en Nueva York, reflejará y responderá a la realidad y necesidades de los Pueblos Indígenas en las distintas partes del mundo. El CITI procurará que esta expectativa sea realidad.
F. La globalización económica y el comercio Indígena
Afirmamos que la globalización económica y las políticas internacionales e instituciones que la promueven, buscan un desarrollo impuesto, el despojo de los recursos y la usurpación y contaminación de las tierras y territorios de Pueblos Indígenas en las distintas partes del mundo. Asimismo, la globalización económica socava directamente la libre determinación de los Pueblos Indígenas, sus medios de subsistencia y su soberanía permanente en relación con sus recursos naturales, consagrada como un derecho de todos los Pueblos conforme al derecho internacional.
Como CITI, continuaremos oponiéndonos al desarrollo impuesto y al despojo de los recursos de las tierras y territorios tradicionales de los Pueblos Indígenas por parte de las corporaciones multinacionales y transnacionales. Asimismo, continuaremos oponiéndonos a las políticas e instituciones de comercio internacional que promuevan y faciliten estas actividades destructivas.
Como alternativa al desarrollo impuesto, el CITI promoverá y apoyará el desarrollo del comercio Indígena-a-Indígena a partir de los principios de sustentabilidad, integridad cultural, la protección al medio ambiente y la libre determinación.
G. La Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la OEA
Reafirmamos las resoluciones que se adoptaron en las Conferencias de 1999 y 2000 del Consejo Internacional de Tratados Indios en Bear Butte, Dakota del Sur y Xelajú, Guatemala, rechazando tanto el proceso y el contenido de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la OEA, en tanto que este proceso ha excluido la participación plena y real de los Pueblos Indígenas y, asimismo, el proyecto de declaración incluye disposiciones que intentan debilitar severamente y socavar los derechos de los Pueblos Indígenas consagrados por el derecho internacional.
CITI seguirá fortaleciendo y ampliando sus programas para mantener informado a los Pueblos Indígenas, creando oportunidades y fortaleciendo su participación en estas áreas de trabajo internacional y otras que afecten sus vidas, sus derechos y su supervivencia.
Adoptado por consenso el 9 de febrero del 2002 |
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